g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al gratitud y cuota de las prestaciones previstas en el presente Decreto. Se debe establecer el presupuesto Doméstico y departamental del plan de trabajo anual especificando la inversión conforme lo establece el Artículo 19 del Decreto 1295 de 1994 y la presente Circular, https://johnn257uxy2.fliplife-wiki.com/user