1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al patrón para la subsanación de las deficiencias observadas, fuera de que por la gravedad e inminencia de los riesgos procediese resolver la paralización prevista en https://matrizdepeligros66666.snack-blog.com/36159364/nuevo-paso-a-paso-mapa-plan-de-prevención